Derecho

“Salvemos a los jueces de los propios jueces”: La autorización judicial del uso de francotiradores en Israel

 

“El Derecho está al servicio de algún valor superior,

como la Justicia, el orden o el bien común”.

 

Alejandro Nieto

 

En esta semana la Corte Suprema del Estado de Israel determinó avalar la instalación y el uso de francotiradores para abrir fuego a los palestinos (La Jornada, sábado 26 de mayo de 2018), pues fueron rechazadas por unanimidad las peticiones presentadas en la Corte para anular esta regulación militar —una presentada por Adalah, el Centro Legal para los Derechos de las Minorías Árabes en Israel; el Centro Al Mezan, para los Derechos Humanos; y otra presentada por la Asociación de Derechos Civiles en Israel (ACRI)— que permite en la franja de Gaza instalar a soldados prestos a disparar a las personas que pretendan acercarse a la frontera que se ha delimitado por el Estado israelí y que se ha ido expandiendo a partir del 15 de mayo de 1948, fecha en que se conformó el Estado de Israel.

La determinación del ejercito israelí para hacer uso de soldados preparados para disparar a los palestinos, desde luego, no es nueva, pero el hecho de instalarlos como francotiradores y, sobre todo, que la Corte Israelí así lo avale es algo lamentable, en particular para la ciencia jurídica, más aún después de muchas experiencias amargas que ha vivido la humanidad con el derecho y su uso que, desafortunadamente, ha provocado genocidios. Un ejemplo de ello (por demás, conocido por la reciente historia de la humanidad y el más conocido porque sucedió en Europa) es el denominado genocidio judío —seis millones de judíos muertos—. Por ello, se implementaron, a partir de noviembre de 1945, los denominados Tribunales de Nuremberg (Vigo, Rodolfo Luís. De la ley al derecho. Ciudad de México: Porrúa, 2003), que durante el lapso de casi un año juzgaron los crímenes ocasionados por el ejército alemán al grado de que las sentencias de ese tribunal militar condenó, en muchos de los casos, con la pena de muerte.

Ahora bien, para juzgar a los miembros del ejército alemán, esos tribunales se establecieron rompiendo con principios de seguridad jurídica, como lo son: prohibiciones en la aplicación retroactiva de la ley, implementación de tribunales especiales, jueces ad-hoc, etc. Todo ello, con el propósito de que no vuelvan a suceder estos hechos, ya que la historia europea recuerda que el genocidio armenio causado por los denominados: “jóvenes turcos” nunca fue juzgado y, en parte, esto fue alguna de las razones por las que se causó el genocidio judío (Zaffaroni, Eugenio Raúl. Un Proceso Histórico. Buenos Aires: AR, 2012). Pero con esta determinación de la Corte de Israel y permitir el uso de francotiradores en la frontera se prueba, desafortunadamente, el indebido uso del derecho que a veces se hace con el fin de justificar medidas políticas o, bien, económicas.

La implementación de aquellos Tribunales de Nuremberg fue para provocar que no sucediera un genocidio más, rompiendo con esa seguridad jurídica y apelando a la justicia; sin embargo, lo que se demuestra con el devenir de la historia es que esto no ha sucedido. Por el contrario, lo que se ha presentado es que actualmente se ha utilizado al derecho para justificar lo que a éste no le corresponde justificar, como lo cita Alejandro Nieto, que indica: “El Derecho está al servicio de algún valor superior, como la Justicia, el Orden o el Bien común. En el extremo opuesto se le coloca al servicio del Poder: la voluntad del Soberano o la de los representantes del pueblo.” (Nieto, Alejandro. Crítica de la Razón Jurídica. Madrid: Trotta, 2007).

Hoy, es lamentable lo que está sucediendo con esa decisión, que, desafortunadamente, está justificando la muerte de seres humanos para proteger seres humanos; es decir, en la Corte de Israel se protegen los derechos humanos de unas personas, pero violando los derechos humanos de otras, lo cual no es novedoso, porque eso está pasando actualmente en cualquier corte constitucional del mundo occidental. Por lo menos, en América latina así es. Se dictan sentencias, protegiendo derechos humanos de unos, pero contraviniendo los derechos humanos de otros. Y son los jueces los que determinan qué derechos humanos proteger (qué individuos tienen preferencia) sobre otros derechos humanos de los sujetos, como es el caso de proteger los derechos de alimentación sobre el de proporcionalidad de las contribuciones, proteger el derecho de libertad de empresa sobre el de propiedad de campesinos o grupos indígenas, etc. Por ello, esta determinación de la Corte de Israel es un ejemplo evidente de la urgencia de salvar a los jueces de los propios jueces, para hacer efectivos los derechos humanos de todos los seres humanos.

Silvino Vergara Nava
Silvino Vergara Nava
Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana, y la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Litigante en materia fiscal y administrativa. Profesor de Maestría en la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y la Escuela Libre de Derecho de Puebla.

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