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PADRÓN ÚNICO DE ABOGADOS DEL ESTADO DE VERACRUZ, LA COLEGIACIÓN SILENCIOSA. Pt. II

PADRÓN ÚNICO DE ABOGADOS DEL ESTADO DE VERACRUZ, LA COLEGIACIÓN SILENCIOSA. Pt. II 

¿Por qué colegiar a los profesionistas?

Además de las razones dadas tanto por el Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz para la creación de un Padrón Único de Abogados del Estado que actúa como un símil de un colegio de profesionistas, así como por las razones expuestas de los Senadores que propusieron el proyecto de ley que pretende la implementación obligatoria de la colegiación, también se encuentra un objetivo recaudatorio, de control y de fiscalización detrás de estas medidas por parte del Estado Mexicano.

El 11 de diciembre de 2013 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la “Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta”. Dentro de la exposición de motivos que se dieron para su publicación, se señala que el gasto del país sobrepasa los recursos tributarios que se recaudan, que se debe simplificar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales para así facilitar la incorporación de un mayor número de contribuyentes al padrón fiscal, que se deben plantear modificaciones tendientes a ampliar el potencial recaudatorio de este impuesto, que la anterior estructura del ISR genera espacios para la evasión y elusión fiscal derivando en una importante pérdida de recursos fiscales, que se pretende que todos los mexicanos contribuyan al desarrollo de manera proporcional, que uno de los objetivos prioritarios de esta Administración es alcanzar un incremento generalizado de la productividad y ésta se encuentra estrechamente relacionada con el fenómeno de la informalidad.

Es claro que tanto para el legislador como para el Ejecutivo Federal los contribuyentes somos considerados unos evasores y defraudadores fiscales y si bien es cierto que muchos de los que están obligados al cumplimiento de sus obligaciones tributarias no realizan el pago de sus impuestos, también lo es, que en una exposición de motivos no se puede generalizar el incumplimiento.

En dos estudios diferentes realizados en 2014 se arrojan datos importantes sobre la gran cantidad de abogados que existen en el país. El Instituto Mexicano para la Competitividad señala que en México la carrera de derecho es la tercera más demandada. El Centro de Estudios para la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho señala que en el país hay más de 1,600 instituciones que imparten la carrera de derecho, las entidades federativas con mayor número de estas instituciones son el Estado de México (194) Veracruz (133) Ciudad de México (131), Puebla (102) y Jalisco (90). En otros países como Alemania, sólo existen 44 centros universitarios en los que se puede estudiar la Licenciatura en Derecho, en España 73 y en Canadá 21. Para el año 2014 las anteriores cifras representaban un poco más de 255,000 estudiantes de derecho en México. En 2013 se expidieron 37,042 cédulas profesionales de esta carrera universitaria. Desde 1970 hasta la fecha se han expedido 563,011 cédulas profesionales para abogados (Carbonell, Miguel, 1 de marzo de 2018, www.miguelcarbonell.com).

Recientemente la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) publicó un trabajo sobre recomendaciones de políticas públicas que debe implementar México para ser considerado como un país competitivo en el plano internacional, llamado “Getting it right”. Entre las recomendaciones que hace se encuentran las de aumentar la recaudación tributaria, ya que considera que México tiene potencial para implementar este incremento, ampliando la base tributaria, misma que considera como opción a adoptar, la de un incremento en el registro de contribuyentes que hoy en día se encuentran en la informalidad –no pagando sus impuestos y tampoco dados de alta en el RFC-. Este estudio pretende ser entregado de propia mano por el Secretario General de la OCDE a cada uno de los candidatos a la Presidencia de la República para que tengan conocimiento de qué es lo que debe hacerse en México para que pueda ser visualizado como un país competitivo y con ello atraer inversión extranjera.

Es momento de responder la pregunta inicial ¿por qué colegiar a los profesionistas?. Hablando particularmente de los abogados, que hemos visto que somos un número bastante considerable desde 1970 a la fecha -un poco más de medio millón- y que continua siendo además un número creciente cada año, la pregunta que seguramente se realiza el Estado Mexicano ante las presiones del gasto público y las “recomendaciones” hechas por un organismo internacional tan importante en materia económica es ¿cómo tener el control del cumplimiento de las obligaciones fiscales de tantos contribuyentes?. La respuesta es relativamente sencilla, COLEGIOS PROFESIONALES.

Es menos complejo controlar el cumplimiento fiscal de los miembros de un número reducido de Colegios, que tratar de controlar en lo individual a un número tan vasto y cada vez más creciente de profesionistas, sobre todo si tomamos en cuenta que la colegiación que se pretende emprender será con carácter obligatorio y, la que de alguna manera ya se está implementando –Padrón Único de Abogados del Estado de Veracruz-, también lo es, pues para estar inscritos los abogados necesitan aportar datos tan personales e inconfundibles que sería difícil que exista un error como el de confundir a una persona que tenga el mismo nombre, toda vez que para registrarse se debe aportar el número de cédula profesional, el RFC y el CURP. Estos datos son únicos e irrepetibles.

La recién reformada Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz prevé dentro de sus modificaciones, en su artículo 85, que se podrán hacer notificaciones procesales a través de cualquier medio electrónico que así lo permita, haciendo valer para tal efecto el Consejo de la Judicatura los convenios de colaboración respectivos con la autoridad competente, a fin de hacer uso de la firma electrónica avanzada. La única autoridad con la que se podría elaborar un convenio de esta índole sería el Servicio de Administración Tributaria. Con el uso de la firma electrónica avanzada la autoridad fiscal podrá saber de manera exacta en qué juicios y en cuántos de ellos intervino el abogado que hizo uso de ella, lo cual facilitará la cuantificación de las veces en que estos contribuyentes hayan participado en contiendas judiciales respecto de las cuales, de ser el caso, hayan omitido el pago de los dos impuestos a los que están obligados por la prestación de sus servicios profesionales (ISR e IVA).

No cabe duda que es obligación de todos los mexicanos contribuir al gasto público, pero de igual forma, el Estado está actuando de manera silenciosa, controladora e invasiva en su afán recaudatorio, lo que se traducirá en un grave perjuicio para todos aquellos contribuyentes omisos en el cumplimiento de sus obligaciones, que sin previo aviso o invitación por parte de la autoridad hacendaria, tendrán que pagar los impuestos omitidos, más las multas, actualizaciones y recargos a los que hubiere lugar.

Manuel Sandoval
Manuel Sandoval
Amante de la lectura, apasionado del Derecho. Maestro en Derecho Privado por el Instituto de Estudios Avanzados de Oriente, pasante de la Maestría en Derecho Fiscal por la Escuela Libre de Derecho de Puebla, Licenciado en Derecho por el Instituto de Estudios Avanzados de Oriente, litigante en materia Fiscal y Administrativa, asesor jurídico en Derecho Corporativo.

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