Silvino Vergara

Migración: derecho administrativo de prevención

igración: derecho administrativo de prevención

 

Dr. Silvino Vergara Nava

“Si no hubiera inmigrantes llamando a nuestras puertas,

tendríamos que haberlos inventado…

Los gobiernos no tienen más opción

que “seleccionar cuidadosamente” blancos

u objetos que puedan controlar y contra

los que puedan dirigir sus salvas retóricas”.

Zygmunt Bauman

Una de las ramas en que se divide el derecho es en el denominado derecho administrativo, que propiamente regula al amplio Poder Ejecutivo, es decir, se encarga de regular la administración publica centralizada y descentralizada; por ello, en los últimos años bien podría afirmarse que es el área del derecho que más se ha desarrollado, a raíz de que se amplían las actividades industriales, comerciales, científicas y tecnológicas, por lo que se requiere de mayor regulación, y es el derecho administrativo y sus diversas áreas los que se encargan de ese sinnúmero de reglamentaciones: aduanas, comercio exterior, contribuciones, marcas, patentes y derechos de autor, competencia económica, salud, educación, vivienda, ganadería, minería, agricultura, pesca, créditos, regulación de la economía nacional, protección al consumidor, medio ambiente y migración. Este último es en el que podemos basarnos para demostrar qué ha sucedido en los últimos años en esta área del derecho: el derecho administrativo se ha convertido en un derecho administrativo de prevención.

Comúnmente, el derecho administrativo lo que pretendía en su origen era regular la actividad de las personas pero no en el sentido de restringir sus libertades, sino en el sentido de proteger, sobre todo, sus libertades y patrimonio, para poder desarrollar sus actividades; sin embargo, en los últimos tiempos es posible observar que se han modificado totalmente las regulaciones administrativas: En primer lugar, el Poder Ejecutivo ha ampliado considerablemente nuevos organismos, dependencias, instituciones, comisiones y órganos desconcentrados, así como descentralizados, y ha permitido que existan cada vez más disposiciones que observar por los gobernados; se ha conformado la denominada “hiper-especialidad” (Lorenzetti, Ricardo Luis, “Teoría de la decisión judicial”, Rubinzal-Culzoni, Buenos Aires, 2008). Por tanto, se ha de llevar a cabo, de esa forma, una hiper-regulación, esto es, un exceso de trámites, solicitudes, procedimientos y peticiones que han conformado todo un mecanismo de control para los ciudadanos y para el Estado, y para sus instituciones, una forma de justificarse; por ello, se puede confirmar actualmente que “En política no sólo se es responsable por lo que se hace, sino también por lo que no se puede impedir” (Feinmann, José Pablo, “La historia desbocada. Nuevas crónicas de la globalización”, Buenos Aires, Capital Intelectual, 2009).

En el caso de las políticas públicas de migración, desafortunadamente se observa cómo han incrementado la vigilancia, los controles y la función policial, y que han convertido la nación en un filtro para acudir al norte; se ha conformado un derecho administrativo de prevención, donde el caso más emblemático son las muertes de Ciudad Juárez, bajo la premisa de que se viola por ser migrante y por ser mujer, controversia que llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos para su resolución (Franco, Jean, “Una modernidad cruel”, México, Fondo de Cultura Económica, 2009).

Desafortunadamente, es evidente que ese derecho administrativo de prevención no va por el camino apropiado; en realidad, lo que el propio sentido común sostiene es que la migración se resuelve dando oportunidades a las personas en sus propios países, regiones, poblaciones. La corrupción que provoca las persecuciones, desapariciones, muertes y el desplazamiento de poblaciones lo que estimulan es el fenómeno de la migración, muchas veces, causadas por los Estados al no crear apoyos y subsidios eficaces para impulsar que la población se mantenga en sus tierras de origen, pues esos estímulos se derogan, en parte, para impulsar la propia migración, que el día de mañana se convertirá en remesas enviadas a países como México. Se promueve el fenómeno de la migración porque en esas tierras se da paso, por medio de expropiaciones o compras de miseria, a los centros de turismo, campos de golf —de los cuales ninguno ha beneficiado a los anteriores propietarios de dichas tierras—, zonas residenciales, centros comerciales, zonas industriales, aeropuertos y mineras, que desplazan a los que en un futuro serán migrantes. El colofón es que se fomenta, con simples buenas intenciones de los organismos internacionales, que se protejan los derechos de estas personas que incluso no son protegidas en sus propias naciones, buenas intenciones de los organismos internacionales que son un simple velo para no evidenciar las verdaderas causas de la migración, pues presionan a los organismos que regulan la migración de los países receptores como si estos fueran los responsables de este fenómeno global.

Silvino Vergara Nava
Silvino Vergara Nava
Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana, y la Universidad Autónoma de Tlaxcala. Litigante en materia fiscal y administrativa. Profesor de Maestría en la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y la Escuela Libre de Derecho de Puebla.

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