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Comprobantes Fiscales. Reglas para uso de distintos tipos simultáneamente. PDF E-Mail

Por Gustavo Rosas Goiz/ Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla  
Debido a que las Reglas Fiscales 2011 han propiciado que coexistan diversos tipos de Comprobantes Fiscales (ver artículo anterior), todos ellos vigentes según quién lo expida, he preparado algunos diagramas que facilitarán la comprensión de las reglas para usarlos de manera simultánea.  Los comprobantes a los que me refiero son:

CFD.- Comprobante Fiscal Digital (expedido por quienes los emitieron desde 2010)

CFDI.- Comprobante Fiscal Digital por Internet (expedido con según la norma de 2011)

CBB.- Comprobante con Código de Barras Bidimensional (impresos según las reglas de 2011)

CIEA.- Comprobantes Impresos en Establecimientos Autorizados (para los que tienen comprobantes vigentes todavía, a pesar de que ya no se pueden volver a imprimir)

Comprobantes Simplificados (Emitidos con los requisitos del Art. 29-A del CFF)

Las Resolución Miscelánea 2010-2011 establece las reglas para el uso simultáneo de los distintos tipos de Comprobantes Fiscales en México:

Gráfico 1. La Regla I.2.11.8 permite usar al mismo tiempo CFD y CIEA, siempre que se incluyan los datos de los comprobantes impresos en establecimiento autorizado (CIEA) en el reporte mensual de CFD.

Gráfico 2. La Regla I.2.10.22 permite usar al mismo tiempo CFD, CIES y Comprobantes Simplificados siempre que además de cumplir con lo señalado en el gráfico anterior se elabore un CFD mensual o diario, según el tipo de Comprobante Simplificado que se emita (ver Gráfico 4)

Gráfico 3. La Regla I.2.10.22 Permite usar CFDI y Comprobantes Simplificados siempre que se elabore un CFDI mensual o diario, dependiendo del tipo de Comprobantes simplificados que se emitan (ver Gráfico 4)

Gráfico 4.- La Regla I.2.10.22 señala que son 3 los tipos de Comprobantes simplificados que se pueden emitir, como se puede observar en el gráfico los 2 primeros requieren generar CFD o CFDI mensual y el tercero requiere emitir CFD o CFDI diario.

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*El autor es Especialista en Contribuciones Fiscales y Consejero Académico en el Instituto Persistencia y Determinación, A.C.

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Modificado el ( lunes, 18 de abril de 2011 )
 
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