| Revisión de gabinete |
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La autoridad fiscal, solo puede hacer lo que la ley le permite. En el Código Fiscal de la Federación encontramos las facultades de comprobación de las autoridades fiscales en los artículos 42 y 42-A. Dentro de estas facultades esta la de solicitar a los particulares información para que se presente en sus oficinas, regulada esta facultad en el artículo 48 del mismo Código. En este artículo voy a hablar específicamente de la facultad que tienen las autoridades fiscales de solicitar la documentación para que el contribuyente o el gobernado la lleven al domicilio de la autoridad fiscal, que puede ser el Servicio de Administración Tributaria o mediante la Ley de Coordinación las secretarías de Finanzas de los Estados. ¿A quién pueden revisar las autoridades fiscales? Erroneamente pensamos que solo a las personas que están inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, pero con las modificaciones que han sufrido las leyes, ahora se puede revisar incluso a las personas que no estén inscritas. ¿Está llevando actos como estos las autoridades fiscales? La respuesta es SI, actualmente las autoridades fiscales y las Secretarías de Finanzas de los estados están notificando revisiones de gabinete a los CIUDADANOS MEXICANOS, estén inscritos o nó en el Registro Federal de Contribuyentes. ¿Que es lo que solicitan? Las autoridades con fundamento en el artículo 48 del Código Fiscal Federal, solicitan al Contribuyente o no, la información sobre los ingresos que haya tenido en un periodo de tiempo determinado. ¿Con cuál acto comienzan las facultades de revisión, cuanto dura este proceso y como es que lo concluyen? 1.- El acto de revisión de las autoridades fiscales comienza con la notificación de la orden de revisión. 2.- El acto de revisión dura entre el acta de notificación y el oficio de observaciones hasta 12 meses, tratándose de esta materia. 3.- Concluye con un oficio de observaciones en su caso. |
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| Modificado el ( jueves, 05 de abril de 2012 ) |
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REVISIONES DE GABINETE. PRESUNCIÓN DE INGRESOS.




