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Pago diferido de cuotas bimestrales del INFONAVIT PDF E-Mail

Por: Lic. Alejandra Villegas Sol Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla

¿EXISTE ALGUNA MANERA DE OBTENER PRORROGA EN EL PAGO DE LAS APORTACIONES DEL 3ER BIMESTRE 2011 Y ASI EVITAR MULTAS Y LITIGIOS POR OMITIR PARCIALMENTE EL PAGO DE CUOTAS DEL INFONAVIT?

En la actualidad las empresas tienen problemas de liquidez, por cobranzas atrasadas o tener su cartera de cobros vencida, resulta importante conocer que esquemas podemos realizar para obtener una prórroga para pago diferido para evitar el embargo en las cuentas bancarias o las multas excesivas para efectos del INFONAVIT.

Es por ello que considere de suma importancia realizar un estudio de las acciones a tomar de manera preventiva cuando nos encontramos imposibilitados para cubrir en la fecha establecida el pago bimestral de INFONAVIT.

De dicho estudio concluí lo siguiente:

En primera instancia debe analizarse la situación financiera con la que cuenta la empresa para determinar que es más conveniente si el PAGO DIFERIDO que consiste en realizar el pago en 1 sola exhibición en una fecha determinada cuyo plazo no exceda de 12 meses o el PAGO EN PARCIALIDADES que consiste en cubrir el adeudo en una serie de pagos mensuales hasta por 36 meses.

El caso particular que abordaremos es el optar por PAGO DIFERIDO para lo cual debemos:

1.- Presentar el formato establecido por el INFONAVIT, en caso de presentar un formato anterior el INFONAVIT nos proporcionara los correspondientes.
2.- Pagar el 20% del monto total del crédito fiscal al momento de la solicitud, dicho monto total del adeudo se integrará por la suma del monto de las contribuciones omitidas, las multas y los accesorios actualizados desde el mes en que se debieron pagar y hasta aquél en que se solicite la autorización.
3.- El monto que se diferirá será el resultado de restar el pago correspondiente al 20% del monto total del adeudo. Dicho monto deberá liquidarse en una sola exhibición a más tardar en la fecha de pago especificada en su solicitud.
4.- Una vez recibida la solicitud de autorización de pago a plazo diferido, la autoridad exigirá la garantía del interés fiscal en relación al 80% del monto total del adeudo.
A resumen de lo anterior debemos presentar solicitud, realizar pago del 20% de lo omitido y garantizar el interés fiscal del importe restante una vez hecho esto, esperaremos resolución al respecto de nuestra solicitud del INFONAVIT para lo cual se tendrá por aceptado el pago diferido si en el término de 20 días hábiles el Instituto no notifica la resolución sobre la petición, contados a partir de la presentación de la solicitud.

Una vez concluido el plazo o si se  puede antes deberá realizarse el pago total y de esta manera habremos cumplido con la obligación sin que se nos generaran multas, embargos y demás complicaciones.

La fecha de presentación de la solicitud debe ser máximo el día en que nos dejen citatorio para realizar el Requerimiento de Pago o citatorio para notificarnos los créditos que nosotros ya sabemos no se han cumplido puesto que al realizarlo en este punto no se generan las multas correspondientes.
Aunque también una vez notificado puede solicitarse el pago diferido y contemplar el monto las contribuciones omitidas y las multas y demás gastos correspondientes.

Como en todo hay ciertas restricciones entre las que destacan las siguientes:
• No tener medios de defensa interpuestos, o copia sellada del desistimiento presentada ante la autoridad competente.
• Regularizar todos los periodos omitidos.
• Incluye a patrones requeridos.
• No suspende las acciones de fiscalización.

La modalidad de PAGO DIFERIDO puede perderse en los siguientes casos:
• Mantener adeudos por los bimestres subsecuentes a los periodos que está regularizando.
• Interponer algún medio de defensa en contra de las acciones de cobro que a su cargo realice el INFONAVIT.
• Cuando se detecte falsedad en los datos que nos proporcionó.
• No exhibir la información y/o documentación necesaria para la individualización de los importes cubiertos.

En conclusión podemos observar que una solución viable al momento de no contar con la liquidez para realizar el pago bimestral del INFONAVIT es el acogernos a la modalidad de PAGO DIFERIDO, con ello obtenemos el tiempo necesario para reunir los recursos suficientes y poder cumplir con nuestra obligación. Así que cuando se nos presente este panorama debemos valorar la situación y no cerrarnos o bloquearnos si no analizar las distintas formas que el propio Instituto nos ofrece para poder cumplir con nuestras obligaciones sin mayor perjuicio económico.

icon pago_diferido_infonavit.pdf

Modificado el ( martes, 30 de agosto de 2011 )
 
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