Inicio arrow Contentos arrow Las desastrozas consecuencias Jurídicas, Políticas y Sociales
Menú Principal
Juntos
Contentos
Estudiando
Tienda
Blog
Contacto
Fondo Editorial
Galería


Realiza tu pago...

b-Escuelas

Apoya nuestro proyecto...



Opina En Nuestro Blog!
CategoríasArchivos
Las desastrozas consecuencias Jurídicas, Políticas y Sociales PDF E-Mail

Por Dr. Silvino Vergara Nava/ Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla  
“LAS DESASTROSAS CONSECUENCIAS JURIDICAS, POLITICAS Y SOCIALES  DE CONSIDERAR LA ENAJENACION IRREGULAR DE GASOLINA COMO DELITO“

“La ley justamente es buena para los bárbaros
incapaces de acceder a ese saber vivir.
Y entonces se ejerce en su forma más rústica
y más brutal, es decir, en su forma penal”.

Xiaoping Li[1]

El 3 de marzo de este año la Cámara de Diputados aprobó la reforma al código penal federal para tipificar la enajenación irregular de gasolina como delito, entendiendo como irregular en el caso que la medida que se suministre resulte menor a la que corresponde,[2] lo cual de aprobarse por el Senado, y en su momento su promulgación por la Presidencia de la República, encontramos las siguientes lastimosas, graves y peligrosas consecuencias jurídicas, políticas y socales  que son;

            1.- En las consecuencias jurídicas, parece suceder que no hay mejor sentencia que la citada por el penalista alemán Günther Jakobs, “El mundo del nuevo siglo se aferra trágicamente a un paradigma de la enemistad.” Y eso lo que ha sucedido en las actuales leyes mexicanas,[3] en donde se ha legislado considerando al ciudadano no como lo que es –ser humano- ni como se debe respetar, -su dignidad- sino como un enemigo del estado, por ello se han creado las leyes emergentes, -esto es contrarias a la permanencia de la ley, para salir del atolladero electoral- como la  tipificación de la enajenación irregular de gasolina, considerándola como un delito, y no como una sanción administrativa, a esto se le ha denominado en la actualidad el “derecho” penal del enemigo,[4] buscar a los enemigos del estado y castigarlos, sin considerarlos como personas, pues no merece que se respeten sus derechos, olvidándose  que el derecho penal es “la ultima ratio del estado”, es decir, es la...

icon LAS DESASTROSAS CONSECUENCIAS JURIDICAS.pdf

[1] SUPIOT, A. Homo Juridicus. Buenos Aires, Argentina: Siglo Veintiuno.
[2] Código Penal Federal.
Artículo 368 Quáter. Se sancionará a quien:…
II. Enajene o suministre gasolinas o diesel con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 1.5 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro con pena de prisión de tres a seis años y de quinientos a mil días multa.
III. Enajene o suministre gas licuado de petróleo mediante estación de Gas L.P., para carburación, con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 3.0 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición que se emplean para su enajenación o suministro con una pena de prisión de tres a seis años y de quinientos a mil días multa.
[3] Simplemente como ejemplo; 1.- Reforma al Código Fiscal de la Federación para tramitar la Firma Electrónica Avanzada con huellas dactilares y fotografía, 2.- el Reglamento para obligar el registro de los celulares, 3.- La ley, pendiente de aprobar, para el registro de los pueblos indígenas, 4.- La Reforma al reglamento de la ley federal de la población para capturar el iris de las personas  y todas las huellas dactilares, 5.- La ley, pendiente de aprobar, para evitar el terrorismo y las actividades de procedencia ilícita.
[4] Concepto citado por Günther Jakobs en cuanto a su posición filosófica con el derecho. APONTE, Alejandro. “¿Derecho penal del enemigo o derecho penal del ciudadano? Editorial Temis, 2005, Bogota, Colombia.

Imagen: ahorroenergia.com

Compartir

Modificado el ( lunes, 16 de mayo de 2011 )
 
< Anterior   Siguiente >

Tú eres el visitante número...
Facebook
Twitter
Nueva cuenta deTwitter
N@carunners en Twitter
Nuestro Canal en YouTube

Las fotografías, litografías, videos, música, gráficos, logotipos, imágenes corporativas y otros materiales multimedia que se muestran en este sitio (exceptuando las que son parte del diseño, que son del autor)
han sido encontradas en internet, y se usan solamente con propósitos ilustrativo-culturales. Si usted tiene el copyright (derechos de autoría) de algún material y desea que se remueva, háganoslo saber.