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Costos de mano de obra. PDF E-Mail

Por MDF Rosendo Rosas Goiz
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Imagen activa Aviso mediante el cual se dan a conocer los costos de mano de obra por metro cuadrado para la obra privada, así como los factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas para 2008.
(Publicado en el Diario Oficial de la Federación de 28 de marzo de 2008)

 Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Dirección de Incorporación y Recaudación.

PABLO SALVADOR REYES PRUNEDA, Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, del Instituto Mexicano del Seguro Social, en su carácter de organismo fiscal autónomo, con fundamento en los artículos 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 251 fracciones XV y XXXVII, 270 y 271 de la Ley del Seguro Social en vigor; 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, y 2 fracción V, y 73, fracciones I, inciso j) y XII del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 18 de septiembre de 2006, y considerando ACTUALIZACION DE COSTOS POR EL INCREMENTO DE SALARIOS MINIMOS GENERALES.

Primero. Que el artículo 18 del citado Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado prevé que el Instituto Mexicano del Seguro Social tiene la obligación de establecer en cada ocasión en que se incrementen los salarios mínimos generales y de acuerdo al tipo de obra de construcción, privada o pública, el importe de la mano de obra por metro cuadrado o, el factor que represente dicha mano de obra sobre el importe de los contratos normados por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;

 

PUBLICACION DE LOS COSTOS DE MANO DE OBRA EN EL DO

Segundo. Que, asimismo, el H. Consejo Técnico del Instituto, mediante Acuerdo 58/92, establece.

"...3. Que en el mismo Artículo 18 del Reglamento mencionado, se prevé que el Instituto establecerá en cada ocasión en que se incrementen los salarios mínimos generales y de acuerdo al tipo de construcción de que se trate, el importe de mano de obra por metro cuadrado o el factor que represente la mano de obra sobre el importe de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y que los resultados de los estudios técnicos que formule el Instituto aplicando sus experiencias deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación...",

 

SALARIOS MINIMOS GENERALES PARA 2008

Tercero. Que mediante Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2007, se fijaron los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2008, "... SE RESUELVE:

...SEGUNDO. Los salarios mínimos generales que tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2008 en las áreas geográficas a que se refiere el punto resolutivo anterior, como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo, serán los que se señalan a continuación:

Area geográfica "A" $52.59.- Area geográfica "B" $ 50.96.- Area geográfica "C" $ 49.50...",

 

EXPEDICION DEL AVISO

Cuarto. Que a efecto de cumplir con lo ordenado por el citado artículo 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, así como por el Acuerdo número 58/92, emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, he tenido a bien expedir el siguiente:

 

AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS COSTOS DE MANO DE OBRA POR METRO CUADRADO PARA LA OBRA PRIVADA, ASI COMO LOS FACTORES (PORCENTAJES) DE MANO DE OBRA DE LOS CONTRATOS REGIDOS POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS PARA 2008

 

COSTOS DE MANO DE OBRA PARA OBRA PRIVADA

Primero. Costos de mano de obra por metro cuadrado para obra privada para 2008:


 

AREA GEOGRAFICA SALARIAL

TIPO DE OBRA

“A”

“B”

“C”

Bardas

$ 258.00

$ 250.00

$ 242.00

Bodegas

343.00

334.00

325.00

Canchas de tenis

142.00

138.00

135.00

Casa habitación de interés social

574.00

557.00

541.00

Casa habitación tipo medio

682.00

661.00

643.00

Casa habitación residencial de lujo

891.00

863.00

839.00

Cines

666.00

644.00

626.00

Edificios habitacionales de interés social

555.00

538.00

524.00

Edificios habitacionales tipo medio

647.00

627.00

609.00

Edificios habitacionales de lujo

951.00

920.00

894.00

Edificios de oficinas

555.00

538.00

524.00

Edificios de oficinas y locales comerciales

733.00

711.00

691.00

Escuelas de estructura de concreto

514.00

497.00

483.00

Escuelas de estructura metálica

602.00

584.00

566.00

Estacionamientos

326.00

314.00

305.00

Gasolineras

384.00

371.00

361.00

Gimnasios

574.00

557.00

541.00

Hospitales

988.00

957.00

930.00

Hoteles

995.00

965.00

937.00

Hoteles de lujo

1,339.00

1,298.00

1,261.00

Locales comerciales

597.00

578.00

562.00

Naves industriales

509.00

495.00

480.00

Naves para fábricas, bodegas y/o talleres

358.00

345.00

335.00

Piscinas

456.00

441.00

428.00

Remodelaciones

585.00

567.00

552.00

Templos

549.00

531.00

516.00

Urbanizaciones

198.00

191.00

186.00

Vías de comunicación subterráneas y conexas

1,014.00

981.00

953.00

 

FACTORES DE MANO DE OBRA PARA CONTRATOS PUBLICOS

Segundo. Factores (porcentajes) de mano de obra de los contratos regidos por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para 2008:


 

AREA GEOGRAFICA SALARIAL

TIPO DE OBRA

“A”

“B”

“C”

Aeropistas

14.50

14.00

13.75

Agua potable (material contratista) urbanización

17.00

16.50

16.00

Agua potable (material propietario) urbanización

33.00

32.00

31.00

Alumbrado público y canalizaciones telefónicas

40.50

39.25

38.00

Canales de riego

11.50

11.25

10.75

Cimentaciones profundas

5.50

5.25

5.25

Cisternas

15.50

15.00

14.50

Construcciones no residenciales

29.50

28.50

27.75

Contratos de mano de obra

76.00

76.00

76.00

Drenaje (vías terrestres)

27.00

26.25

25.50

Drenajes (material contratista) urbanización

21.00

20.25

19.75

Drenajes (material propietario) urbanización

35.00

34.00

33.00

Drenes de riego

11.50

11.25

10.75

Ductos para transporte de fluidos fuera de la planta petroquímica

10.50

10.25

10.00

Escolleras-obras marítimas

9.00

8.75

8.50

Escuelas de estructura de concreto

12.50

12.00

11.75

Escuela de estructura metálica

12.00

11.75

11.25

Espigones-obras marítimas

12.00

11.75

11.25

Líneas de transmisiones eléctricas

24.00

23.25

22.50

Metro (obra civil)

30.50

29.50

28.75

Metro (obra electromecánica)

9.00

8.75

8.50

Muelles (obra marítima)

15.00

14.50

14.00

Nivelaciones de riego

7.00

6.75

6.50

Pavimentación (vías terrestres)

10.00

9.75

9.50

Pavimentación - urbanización

17.50

17.00

16.50

Plantas hidroeléctricas

16.00

15.50

15.00

Plantas para tratamiento de agua

14.50

14.00

13.75

Plantas petroquímicas

17.50

17.00

16.50

Plantas siderúrgicas

40.50

39.25

38.00

Plantas termoeléctricas

18.50

18.00

17.50

Plataformas marinas

9.50

9.25

9.00

Pozos de riego

7.50

7.25

7.00

Presas (cortinas, diques y vertederos)

11.50

11.25

10.75

Puentes (incluye terraplenes)

21.00

20.25

19.75

Puentes (no incluye terraplenes)

20.00

19.50

18.75

Remodelaciones en general

18.00

17.50

17.00

Remodelaciones de escuelas

8.00

7.75

7.50

Subestaciones

22.00

21.25

20.75

Terracerías

11.50

11.25

10.75

Túneles (suelos blandos)

24.50

23.75

23.00

Túneles (suelos duros)

14.00

13.50

13.25

Viaductos elevados

25.00

24.25

23.50

Vías férreas

15.00

14.50

14.00

Viviendas de interés social

29.50

28.50

27.75

Viviendas residenciales

28.00

27.25

26.25

Atentamente

México, D.F., a 22 de enero de 2008.

El Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación
Pablo Salvador Reyes Pruneda

Rúbrica.

Modificado el ( miércoles, 10 de septiembre de 2008 )
 
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